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Consulta de OSC de Asia y el Pacífico sobre la implementacion de los derechos de los agricultores a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura

julio 16, 2018

El siguiente documento es el resultado de la Consulta Regional celebrada en Kediri, Java Oriental (Indonesia) sobre la aplicación del Artículo 9 del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. A la Consulta asistieron 40 participantes que representan campesinos y otros pequeños agricultores, pueblos indígenas y mujeres de Asia y el Pacífico. La consulta regional para la defensa de la soberanía alimentaria y la protección de los derechos de los campesinos y agricultores tuvo lugar entre el 10 y el 13 de julio de 2018.

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Consulta de OSC de Asia y el Pacífico sobre los derechos de los agricultores a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura

 

Consulta regional de Asia y el Pacífico sobre la aplicación de los derechos de los pueblos indígenas y los campesinos a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura

Kediri, Java Oriental, Indonesia

13 de julio de 2018

  Introducción   Los 40 participantes que representan a los campesinos y otros pequeños agricultores, pueblos indígenas y organizaciones de mujeres de la Consulta Regional de Asia y el Pacífico sobre la Implementación de los Pueblos Indígenas y los Derechos de los Campesinos a los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura provenientes de 10 países de Asia y el Pacífico, reunidos en Kediri, Java Oriental, Indonesia, entre el 10 y el 13 de julio de 2018, se reunieron para defender las semillas de la soberanía alimentaria en el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (ITPGRFA o el Tratado de Semillas). En este documento, los «agricultores» incluyen a aquellos que producen y / o usan semillas en sistemas de semillas industriales y culturales en línea con el Artículo 9 sobre los Derechos de los Agricultores en el Tratado de Semillas. Los custodios de los sistemas de semillas culturales se conocen como «pueblos indígenas y campesinos» y, en términos más amplios, también incluyen pequeños propietarios, pescadores artesanales, pastores, habitantes de los bosques, mujeres y todas las comunidades que producen alimentos de manera agroecológica y contribuyen al mantenimiento de la biodiversidad. La inseguridad en los derechos de tenencia y propiedad de los pueblos indígenas y campesinos, ya sea como propietarios o poseedores o usuarios, frustra la plena realización de su derecho a la semilla. En muchas áreas de Asia y el Pacífico, los pueblos indígenas y los campesinos están envueltos en problemas de conflictos de tierras como el desplazamiento y el acaparamiento de tierras. Como resultado, los pueblos indígenas y los campesinos se ven obstaculizados en su capacidad para hacer realidad los derechos de los agricultores a los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (RFAA). El no reconocimiento de las contribuciones de las mujeres campesinas en la agricultura es una violación de su derecho a no ser discriminadas. El trabajo de las mujeres campesinas no recibe ningún valor social y económico debido a las relaciones de poder desiguales, históricas y estructurales entre mujeres y hombres, reforzadas aún más por la agricultura industrial. Por lo tanto, las mujeres son las primeras en ser desplazadas, negativamente afectadas y descuidadas en muchos niveles de desarrollo. Esta situación ha marginado los derechos de las mujeres campesinas y su participación en el diseño, planificación, desarrollo, monitoreo y evaluación de tecnologías relacionadas con la alimentación y la agricultura, especialmente en relación con las semillas. Las funciones tradicionales de las mujeres campesinas mencionadas anteriormente, que incluyen pero no se limitan a la conservación y selección de semillas, no se han traducido en formas tangibles de reconocimiento. La inclusión y el derecho a la participación activa de los jóvenes, especialmente las mujeres jóvenes, en la legislación, los sistemas y los procesos relacionados con los RFAA es fundamental. Los jóvenes, especialmente las mujeres jóvenes, deben por lo tanto ser reconocidos en todas las legislaciones, sistemas y procesos relacionados con los RFAA. Principios fundamentales Los principios de soberanía alimentaria subrayan todas las propuestas en este documento. Es decir, que todos y sus comunidades tienen derecho a alimentos nutritivos y culturalmente apropiados producidos de manera ecológica y el derecho a determinar colectivamente nuestros propios sistemas de alimentación y agricultura. Toda legislación, sistema y / o proceso que impida la participación democrática de cualquier pueblo infringe los derechos inherentes a la soberanía alimentaria. Cualquier legislación, sistema y / o proceso que privilegie ganancias privadas sobre el bien público también infringe estos derechos. Si los pueblos indígenas y los recursos de los campesinos son explotados por otros, tienen derecho al reconocimiento y a una compensación justa y equitativa, ya sea monetaria y / o no monetaria. El derecho de los pueblos indígenas y campesinos a la tierra debe ser parte integral de la promoción de los derechos de los pueblos indígenas y campesinos a los RFAA. A ciertos grupos de la sociedad se les han negado repetidamente sus derechos a través de la historia, por lo que es imperativo que se les otorgue una atención especial a sus derechos en todas las legislaciones, sistemas y procesos. Estos grupos incluyen, pero no exclusivamente, pueblos indígenas, campesinos, personas sin tierra, pastores, habitantes del bosque, pescadores artesanales, mujeres, jóvenes, personas con capacidades diferentes, poblaciones migratorias y todos los pueblos discriminados por nacimiento o circunstancia. Debemos garantizar la igualdad de género en los procesos y resultados por los derechos de los pueblos indígenas y campesinos a los RFAA.  

Propuestas

  Categorías de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (RFAA)

  • Los sistemas de semillas culturales se han mantenido durante miles de años por los pueblos indígenas y campesinos como bienes comunes para el bien público. Los parientes silvestres de cultivos y las plantas silvestres son variedades en algunos sistemas de semillas culturales que están genéticamente relacionados con cultivos cultivados que han sido utilizados desde los inicios de la agricultura por los pueblos indígenas y más tarde por los campesinos.
  • Los sistemas de semillas industriales están diseñados para generar ganancias a través de la exclusividad, y / o se producen utilizando prácticas ecológicamente incorrectas y / o correctas para obtener beneficios privados. Por lo general, deben considerarse nuevos, distintos, uniformes y estables para poder obtener la certificación. Los transgénicos, los organismos genéticamente modificados y las nuevas técnicas de mejora genética (NBT) son una forma de sistemas industriales de semillas. Las instituciones de investigación, educación y extensión también participan en el sistema industrial de semillas, a menudo en nombre del bien público.

Titulares de derechos Sistemas industriales de semillas

  • No debe haber derechos de propiedad intelectual (DPI) ni derechos exclusivos sobre variedades industriales, ni información digital de tales variedades.
  • Reconocer que los pueblos indígenas y los campesinos son los administradores de las líneas parentales de las cuales se derivan y explotan las variedades industriales.

Sistemas de semillas culturales

  • El uso de sistemas de semillas culturales debe estar bajo el control de los pueblos indígenas y campesinos que son los administradores tradicionales de tales semillas y conocimientos tradicionales.
  • Los derechos colectivos deberían extenderse a la información de secuenciación digital y al sistema de información global.
  • El uso de parientes de cultivos silvestres y plantas silvestres debe estar bajo el control de los pueblos indígenas y campesinos que son los administradores tradicionales de tales semillas y conocimientos tradicionales.

Indígenas y mujeres Campesinas

  • Las mujeres campesinas y otras mujeres que trabajan en áreas rurales deben ser apoyadas en su participación en los sistemas de manejo de semillas comunitarios / locales. El gobierno debería crear medidas para que las mujeres campesinas tengan el mismo acceso, uso y control sobre los recursos naturales, lo que puede fortalecer su papel en los sistemas de semillas cultural.
  • Los gobiernos deberían identificar y abordar los impactos diferenciados por género de los sistemas industriales de semillas.
  • «Fortalecer los patrones de producción y consumo sostenibles, incluida la agricultura familiar, respetando y protegiendo los conocimientos y prácticas tradicionales y ancestrales de las mujeres rurales, en particular la preservación, producción, uso e intercambio de semillas endémicas y nativas» (Comisión sobre el Estatus de la Mujer, 62.a reunión, 12-23 de marzo de 2018), y respaldar alternativas al uso de fertilizantes y plaguicidas químicos perjudiciales para la salud de las mujeres y las niñas de las zonas rurales y sus comunidades.

Registro Sistemas industriales de semillas

  • Debe haber divulgación obligatoria de los pueblos indígenas y campesinos que son los administradores de las líneas parentales de semillas recientemente industrializadas. Esta revelación debe llevarse a cabo para el etiquetado de tales semillas.
  • Debe haber un Consentimiento Fundado Previo Libre (CLPI) escrito y obligatorio de los pueblos indígenas y campesinos que son los administradores de las líneas parentales de semillas recientemente industrializadas.
  • Cuando las semillas se registran, debe haber divulgación obligatoria, incluso en los idiomas locales de los procesos (por ejemplo, OGM, NBT, GURT …).

Sistemas de semillas culturales

  • No debe haber un registro obligatorio de las semillas de los sistemas de semillas culturales.
  • No debe haber ninguna obligación de proporcionar muestras ni registros comunitarios de semillas de los sistemas de semillas culturales.
  • Las medidas gubernamentales sobre certificación y registro no deberían limitar ni impedir la implementación de los derechos de los agricultores.
  • Los gobiernos deberían reconocer los sistemas participativos locales de comunidades indígenas y campesinas como un método legítimo para la identificación de semillas de sistemas de semillas culturales.

Derecho a guardar, usar, intercambiar y vender semillas Sistemas industriales de semillas

  • Los agricultores tienen derecho a usar, reutilizar, sembrar, volver a sembrar, guardar, mejorar, seleccionar, intercambiar, compartir, vender y propagar semillas guardadas en la granjas.
  • Los pueblos indígenas y los campesinos no deberían ser procesados en caso de cultivar variedades industriales de semillas (incluyendo, pero no solo, transgénicos / semillas transgénicas).

Sistemas de semillas culturales

  • Los agricultores tienen derecho a usar, reutilizar, sembrar, volver a sembrar, guardar, mejorar, seleccionar, intercambiar, compartir, vender y propagar semillas y conocimientos tradicionales.
  • Las mujeres deben ser reconocidas por el papel central que desempeñan en la preservación de los sistemas de semillas culturales.

Información

  • Los agricultores tienen derecho a recibir información precisa y oportuna sobre los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (RFAA), en los idiomas locales y a través de los canales de los agricultores. Los gobiernos son responsables de la provisión de dicha oportuna y precisa información.

Derecho a la participación

  • En todos los procesos de toma de decisiones sobre los RFAA a nivel local, subnacional, nacional y regional, debe garantizarse la participación activa de las organizaciones de pueblos indígenas y campesinos, y debe haber al menos un 50% de mujeres participantes.
  • Los gobiernos deberían establecer un mecanismo específico que incluya organizaciones de pueblos indígenas y campesinos sobre los RFAA dentro de los órganos rectores intersectoriales, especialmente agricultura, educación, investigación, extensión y comercio, para garantizar un diálogo sostenido entre las organizaciones de agricultores y el gobierno (incluida la investigación, extensión e instituciones educativas).
  • Los gobiernos deberían proporcionar recursos a las organizaciones de pueblos indígenas y campesinos para la creación de capacidades y permitir la asistencia para asegurar la participación efectiva en los procesos de toma de decisiones.
  • Los gobiernos deberían garantizar que los documentos se distribuyan a las organizaciones de agricultores con tiempo suficiente para su debida consideración a fin de garantizar una participación efectiva en los procesos de toma de decisiones.
  • Las organizaciones de pueblos indígenas y campesinos tienen el derecho de participar en los procesos de toma de decisiones en los idiomas locales, y los gobiernos tienen la responsabilidad de proporcionarles los recursos para garantizar este derecho.

Derecho a un uso sostenible de los RFAA

  • Los agricultores tienen derecho a estar protegidos de la contaminación por técnicas transgénicas y NBT y de restricción de uso genético (GURT), y además tienen derecho a una compensación por los daños acumulados por los transgénicos, transgénicos, NBT y GURT.
  • Los pueblos y campesinos indígenas deben ser protegidos de la amenaza de enjuiciamiento por violación de los Derechos de Propiedad Intelectual (DPI).

Sistema de semilla culturales

  • Los gobiernos deberían apoyar actividades para garantizar el uso sostenible de los RFAA, tales como, entre otros, la difusión, el almacenamiento in situ y en las granjas, y la documentación de los RFAA y los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas y los grupos de campesinos.

Fitosanitario

  • Los requisitos fitosanitarios en las semillas comerciales no deberían tener un impacto adverso en los sistemas de semillas de los pueblos indígenas y campesinos.
  • Reconocer sistemas locales participativos de aseguramiento de la calidad por parte de las comunidades.

Derecho a la justicia

  • El gobierno debe brindar asistencia a los pueblos indígenas y campesinos que buscan una reparación contra aquellos que infringen sus derechos.

Sistemas industriales de semillas

  • El gobierno debe garantizar una compensación justa a los agricultores en caso de que falle la cosecha debido a un incumplimiento.
  • El gobierno debe brindar asistencia a los agricultores y las comunidades que buscan reparación en caso de impactos adversos de las semillas industriales sobre la biodiversidad.

Distribución de beneficios

  • La gestión de los fondos de distribución de beneficios debe involucrar directamente a las organizaciones de agricultores, incluidas las organizaciones de pueblos indígenas y campesinos a nivel nacional, regional y mundial.
  • El Fondo de distribución de beneficios debería garantizar beneficios directos para las organizaciones de agricultores, incluidas las organizaciones y comunidades de pueblos indígenas y campesinos, incluido el derecho a acceder directamente a esos beneficios.
  • El reparto de beneficios no debe aumentar la carga sobre los pueblos indígenas y los campesinos.

 

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