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Declaración de los participantes de la Consulta Regional de America Latina y Caribe sobre la Implementacion de los Derechos del Agricultor – TIRFAA

mayo 15, 2018

Declaración de los participantes de la Consulta Regional de America Latina y Caribe sobre la Implementacion de los Derechos del Agricultor – TIRFAA

Seberí, Brasil, del 17 a 20 de abril de 2018

Introducción

Las y los 40 participantes representantes de organizaciones campesinas, indígenas, de mujeres y de pastores en la Consulta Regional de America Latina y el Caribe sobre la Implementación de los Derechos del Agricultor, provenientes de 13 países de América Latina y el Caribe, reunidos en Seberí, Río Grande do Sul, Brasil entre los días 17 y 20 de abril de 2018; celebramos la oportunidad de encontrarnos para seguir tejiendo alianzas, vínculos e intercambios, fortaleciendo nuestro compromiso con la defensa de las semillas para la Soberanía Alimentaria.

En estos 4 días compartidos reafirmamos una vez más el papel fundamental de los pueblos de America Latina y el Caribe como centro de origen en agrobiodiversidad y cultura, ya que desde aquí han surgido buena parte de las semillas que hoy alimentan a la humanidad. El maíz, sagrado para los pueblos de Mesoamérica, el frijol, el tomate y la papa son solo algunos de los cultivos que nuestros pueblos originarios criaron, domesticaron y legaron a los pueblos del mundo para su alimentación. Nos resulta claro que esta biodiversidad agrícola ha evolucionado y tiene una fuerte correlacion con la inmensa diversidad cultural que desde Alaska a Tierra del Fuego (PACHAMAMA) se generó por miles de años y hoy sigue viva en la resistencia de los pueblos originarios que a pesar de llevar más de 500 años de genocidio, despojo y persecución alumbran llamas de esperanza para el futuro de todos los pueblos del mundo. Sin embargo, en la actualidad, la imposición de sistemas industriales de producción agrícola, los proyectos extractivistas, megaproyectos de infraestructura y la criminalización de los pueblos está amenazando la posibilidad de subsitir en sus territorios, está devastando la biodiversidad en todas las regiones. De esta manera no solo se ven amenazados nuestros pueblos si no también las semillas, los animales, plantas, bosques, selvas que pertenecen a ecosistemas únicos que están desapareciendo rápidamente y al paso del tiempo se extingirán para siempre afectando gravemente el entorno, el clima, el agua, incrementando el hambre, la pobreza la desigualdad amenazando la vida en el planeta al borde de la extinción. Nuestras luchas se han visto alumbradas en los últimos años por la irrupción de la presencia de las mujeres en todos los espacios de construcción social cuestionando la violencia y el sistema patriarcal presente en todas las esferas de nuestra vida. Todas y todos hacemos nuestros estos cuestionamientos y de la mano de la construcción de otro tipo de vínculos proponemos que transformemos nuestros vínculos familiares, comunitarios y regionales e internacionales hacia relaciones de equidad, respeto y cooperación. En ese sentido y viendo la necesidad de que estos cambios también se reflejen en el lenguaje es que utilizamos en todo el documento la expresión “agricultoras y agricultores” en lugar de “agricultor”. Es importante recalcar que cuando hablamos de “pueblos” en este documento nos referimos a los pueblos originarios, indígenas, campesinas y campesinos, comunidades afrodescendientes, pescadoras y pescadores artesanales, recolectoras y recolectores, pastoras y pastores, mujeres y a todas las comunidades locales que desde su trabajo producen alimentos y aportan al sostenimiento de la diversidad agrícola. También queremos recalcar que durante las últimas dos décadas América Latina a aportado a una nueva visión en relación a la naturaleza construyendo un nuevo paradigma en torno a la misma que implica reconocerla como sujeto de derecho. En torno a este nuevo concepto se han desarrollado principios, legislación (incluso a nivel constitucional como en el caso de Ecuador o en algunas sentencias de la Corte Constitucional en Colombia reconociendo al río Atrato y mas recientemente la Amazonia) y luchas que hoy aportan a nuevas visiones en todo el mundo. Siendo las semillas, los animales el agua, el bosque parte de la naturaleza y sabiendo que los seres humanos tambien somos partes de ella, entendemos estas mismas como sujetos de derecho y nos comprometemos a defenderlas como tales. Igualmente reiteramos nuestro rechazo a la utilización en toda circunstancia de las Tecnologías de Restricción en el uso Genético (semillas “Terminator”) que se encuentran en moratoria por el Convenio sobre la Diversidad Biológica y llamamos a su prohibición definitva. Exigir que los Derechos de los Agricultores y Agricultoras reconozcan, protejan y fomenten la producción agroecológica de alimentos bajo sistemas de produccion familiar y de los Pueblos es el punto de partida de nuestro trabajo y exigimos que los Estados lo reconozcan y no impongan un único modelo de producción y comercialización sino que se abra la posibilidad a que los agricultores puedan comercializar sus semillas bajo sus propias condiciones. Queremos en este momento tan especial para el pueblo venezolano expresar nuestra firme solidaridad con el Movimiento Semillas del Pueblo que tanto ha hecho por la construcción de la Ley de Semillas de Venezuela, ejemplo para el mundo, y su plan popular para la conservación y rescate de variedades locales campesinas indígenas y afrodescendientes. Por último, reiteramos que nuestro compromiso en defensa de las semillas se enmarca en la búsqueda de la Soberanía Alimentaria a travez de la agroecología, convencidos que los pueblos podemos alimentar a toda la humanidad (como ya lo hacemos con la mayor parte de ella) terminando con el vergonzoso flagelo del hambre la pobreza, la desigualdad y continuando, como lo hemos hecho por miles de años, con una producción en armonía con la naturaleza.

Principios fundamentales

La Consulta Regional de America Latina y el Caribe sobre la Implementacion de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras (en adelante denominada “Consulta”) reconoce las semillas como patrimonio biocultural de los pueblos al servicio de la humanidad y como Derechos Colectivos. Por lo tanto, expresa que las mismas no pueden ser objeto de ningun tipo de propriedad intelectual (sean derechos de obtentor o patentes). Considerando que las mujeres han sido y son centrales en la creación, co-evolucion y preservación de la agrobiodiversidad , reconocemos su papel y exigimos su participación en todas las instancias participativas y de toma de decisiones en nuestras organizaciones y en todos los procesos en que se invita a participar a nuestras organizaciones. Otro principio es el reconocimiento de la cosmovisión de los Pueblos sobre las semillas, como sujeto de derecho y en el marco de los derechos de la naturaleza. Nos declaramos defensores y defensoras de estos derechos y exigimos que se respete su territorialidad y el control de los territorios y sus biodiversidad por parte de los Pueblos. Otro principio básico es el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) debe ser aplicado ante cualquier iniciativa que pueda afectar la biodiversidad agrícola, los conocimientos, la autonomía y los territorios de las comunidades locales y los pueblos indígenas. Se aclara que el CLPI es un derecho que debe ser ejercido de manera legítima, trasparente, efectiva, que respete las prácticas locales y que incluya la posibilidad de que el resultado sea la negación a iniciativas externas. Ninguna medida gubernamental que limite las formas propias de organización y el derecho de los agricultores y de las agricultoras a rescatar, proteger, multiplicar, mejorar, seleccionar, conservar, utilizar, intercambiar y vender (entre Pueblos y sus organizaciones) sus propias semillas. Los sistemas tradicionales y ancestrales de manejo de semillas nativas y criollas no son ni deben considerarse “sistemas informales”, sino que son un derecho consuetudinario y son los principales sistemas de creación de biodiversidad agrícola. Rechazamos a la agricultura industrial con sus semillas transgénicas y el uso masivo de agrotóxicos. También rechazamos las nuevas técnicas de manipulacion genética propuestas por las corporaciones, que incluyen los nuevos transgénicos, la biología sintética, la edición genética (CRISP-R), semillas “terminator” y la desmaterialización genética de las semillas; porque representan una amenaza para nuestros pueblos. Consideramos muy importante la implementación de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras, el apoyo del Tratado a la aprobación de la Declaracion de los Derechos Campesinos y otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales que se tratará en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en junio del presente año.

Nuestras Demandas
  1. Se demanda el reconocimiento de que todas las semillas que se utilizan tienen origen en las semillas nativas y criollas con las que los Pueblos coevolucionaron en los ultimos 10 mil años aproximadamente. Las variedades comerciales, industriales y uniformes que existen también provienen de las semillas nativas y criollas.
  2. Para implementar los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras a rescatar, proteger, multiplicar, mejorar, seleccionar, conservar, utilizar, intercambiar y vender (entre Pueblos y sus organizaciones) sus proprias semillas, los gobiernos deben revisar las leyes de semillas, patentes y otros sistemas de propiedad intelectual.
    1. Replantear la manera como se han otorgados los derechos de propriedad intelectual sobre las variedades comerciales de acuerdo con lo planteado en el punto 1.
    2. El estado no deberá favorecer o fomentar política u económicamente aquellas empresas o instituciones cuyo objetivo sea utilizar económicamente las semillas nativas y criollas por sus propiedades industriales o medicinales.
  3. Se exige reconocer el papel de las agricultoras y agricultores como sujetos de derechos en los estados nacionales y sus aportes al desarrollo, al mantenimiento de la agrobiodiversidad y la soberanía alimentaria de los pueblos.
    1. Las organizaciones de los Pueblos participen activamente en la construcción, implementación y seguimiento de leyes sobre los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras.
    2. No haya haber límites territoriales y temporales en el ejercicio de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras.
    3. No se puede criminalizar a las y los agricultores por el ejercicio de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras.
    4. El Tratado debe establecer un mecanismo de monitoreo sobre la implementación de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras compuesto por las organizaciones de agricultores y agricultoras.
    5. La contaminación genética de las semillas nativas y criollas por transgénicos y/o nuevas tecnologías es una amenaza que debe ser reconocida por el Tratado y sancionada por los Estados. En caso de concretarse estas amenazas, se garantiza la reparación a las comunidades a travez del CLPI.
    6. Los Estados deben reconocer y respectar los conocimientos ancestrales de los Pueblos y no aplicar ninguna política en detrimento de los mismos.
  4. Las semillas nativas y criollas no deben ser incluidas en los registros de los Gobiernos u otros, si no solamente serán incluidas en los inventarios de las comunidades de acuerdo a las necesidades de las mismas y controladas por ellas, para:
    1. la protección frente a la biopiratería y apropiación indebida;
    2. la conservación y el rescate para garantizar los sistemas tradicionales y ancestrales del manejo de semillas;
    3. las informaciones de las investigaciones que se hagan o que se han hecho, sean devueltas a las comunidades y solo pueden ser utilizadas por las mismas. El inventario de la comunidad debe ser reconocido por el Estado como parte del derecho a la autodeterminación de los pueblos.
  5. El Fondo de distribución de beneficios debe ser alimentado por los aportes de las empresas que comercializan las semillas comerciales, industriales y uniformes.
    1. El pago de las empresas debe ser obligatorio.
    2. Para garantizar la implementacion de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras, es necesaria la participacion de las organizaciones campesinas e indigenas en el manejo y rendición de cuentas del fondo.
    3. El destino del fondo debe ser dirigido únicamente a las organizaciones de agricultores para fortalecer sus propios programas de conservación y multiplicación de la biodiversidad agrícola (por ejemplo: casas de semillas, fitomejoramieto participativo, caracterización, ferias de semillas, emergencias, practicas agroecologicas, diversificacion de finca, etc.).
  6. Las normas fitosanitarias no deben afectar el ejercicio de los Derechos de los Agricultores y de las Agricultoras.
    1. Reconocer los sistemas locales participativos de garantía de calidad y otras formas de las comunidades.
    2. Las normas fitosanitarias no deben convertirse en obstaculos o ni en instrumentos para favorecer las semillas industriales bajo parametros y requerimientos dificiles de cumplir por parte de las y los agricultores.
  7. Las organizaciones participantes exigen a los Gobiernos a ser transparentes en las informaciones y a crear espacios participativos para el CLPI con las organizaciones de agricultores y agricultoras en la discusión y tomas de decisiones de políticas sobre semillas.

¡Semillas en manos de los pueblos para la Soberanía Alimentaria!

  Para bajarlo en version PDF: Declaracion Derechos del Agricultor ALC        

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